El contrato que la SEPI firmó la obligaba a vigilar cada mes los 53 M€ de Plus Ultra. En el Senado juró que no entraba en el detalle
El contrato del rescate obligaba a la SEPI a vigilar cada mes el destino de los 53 M€ de Plus Ultra. En el Senado dijo que no entraba en el detalle. Causa en curso.
Conviene empezar por lo que no está probado. La causa del rescate a Plus Ultra está abierta en la Audiencia Nacional, no hay sentencia, y todo lo que el juez investiga es presunto. Rige la presunción de inocencia, para todos. Dicho esto, hay un documento que no es presunto: el contrato que la SEPI firmó. Y dice lo contrario de lo que la SEPI declaró en el Senado.
Lo que firmó
En marzo de 2021, la SEPI rescató a la aerolínea Plus Ultra con 53 millones de euros públicos —19 ordinarios y 34 en préstamo participativo—. El contrato no soltaba el dinero sin más: imponía un control mensual de su destino. Plus Ultra debía facilitar “mensualmente, información sobre estados financieros, acumulado y proyecciones de la cuenta de resultados, de balance, y de flujos de caja”. Una comisión de seguimiento debía “verificar regularmente el grado de cumplimiento” del plan de viabilidad, y la SEPI debía comprobar “la utilización del apoyo público solicitado con cargo al fondo”.
En crudo: el contrato la obligaba a mirar, cada mes, adónde iba el dinero.
Lo que declaró
El 15 de abril de 2026, el presidente en funciones de la SEPI, Bartolomé Lora, compareció ante el Senado. Su versión fue otra: “no entramos en la gestión de la compañía, no entramos en el detalle”. El contraste es literal y verificable contra el propio texto del contrato. Lo que la SEPI firmó vigilar cada mes, en sede parlamentaria dijo no vigilarlo.
Y un dato que cierra el círculo: en los cinco años posteriores al desembolso “no existe ninguna constancia documental en la que la SEPI haya detectado irregularidades”. El mecanismo de control existía sobre el papel. No consta que actuara.
Lo que NO sabemos
Aquí toca ser tajante. El desvío del dinero es la tesis del juez, no un hecho. El auto del magistrado José Luis Calama, del Juzgado Central de Instrucción nº 4, sostiene que Plus Ultra “pudo desviar unos 16 millones” a una presunta red de blanqueo, con rastro de fondos en Suiza, Montenegro, Gibraltar, Reino Unido y Mauricio. El mismo instructor imputa al expresidente José Luis Rodríguez Zapatero como presunto eje de un tráfico de influencias para aprobar la ayuda. Nada de esto está acreditado en sentencia. La Fiscalía Anticorrupción denunció tras aflorar indicios desde Francia y Suiza; el origen y el destino del dinero son, hoy, sospecha procesal.
Y hay contrapeso, obligatorio: el propio expediente “detalla los múltiples controles internos y externos que superó la solicitud sin hallar rastro de intervención política”, y la Abogacía del Estado sostiene que la decisión se basó en informes de auditoras externas “sin valoraciones de carácter discrecional”. La influencia de Zapatero no está acreditada. No imputamos culpabilidad a nadie.
El dato en crudo
Esto es lo único que el relato oficial no puede tachar: la SEPI firmó un contrato que la obligaba a vigilar cada mes el destino de 53 millones públicos, y en el Senado dijo que no entraba en el detalle. Si el juez tuviera razón sobre los 16 millones —y eso está por probar—, se habrían desviado bajo un control que existía sobre el papel y, según consta, no detectó nada en cinco años. El relato, no el delito. El delito lo dirá, en su caso, un tribunal.
Información elaborada con medios solventes (El Español/Invertia, eldiario.es, Público) sobre fuentes judiciales y parlamentarias. Causa en curso en la Audiencia Nacional: el desvío, el blanqueo y el tráfico de influencias son tesis de la instrucción, no acreditadas, y rige la presunción de inocencia. Las cláusulas del contrato y la declaración de Lora en el Senado son hechos contrastables. Asistido por IA · Revisado · Dirección.