El gobierno se quita el filtro antisobrecostos antes de firmar cada contrato
La reforma al art. 45 (DOF 27-mar-2026) saca la investigación de mercado del filtro previo del OIC y la manda a una plataforma del propio gobierno que aún no existe.
El gobierno acaba de mover una pieza pequeña en un reglamento largo. Un artículo: el 45. Y con él, el momento en que alguien independiente revisaba cuánto vas a pagar antes de que firmes el contrato.
Hasta el 27 de marzo, el resultado de la investigación de mercado —el documento que fija si un precio es de mercado o está inflado— se remitía al Órgano Interno de Control. El OIC tenía 7 días hábiles para emitir comentarios sobre ese resultado antes de que la contratación avanzara. Era una puerta. Se cruzaba o no se cruzaba.
La reforma publicada ese día en el DOF cambia el verbo. Ya no se remite a nadie: se carga en la Plataforma Compras MX, gestionada por el propio Ejecutivo, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la emisión del resultado. El texto es literal:
“[El resultado de la investigación de mercado] deberá cargarse por las áreas contratantes en el módulo de la Plataforma que se habilite para tal efecto, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su emisión.”
La puerta se vuelve archivo. El control deja de ocurrir antes de firmar y pasa a ser, en el mejor de los casos, una revisión después.
Conviene decir lo que no cambia, porque EN CRUDO no vende humo. Los comentarios del OIC eran no vinculantes: podía objetar, no frenar. Y la auditoría posterior subsiste: el gasto inflado todavía puede detectarse cuando el contrato ya se ejecuta. El gobierno lo presenta como digitalización y simplificación, y esa lectura existe.
Pero la secuencia importa. Un precio inflado que choca contra un revisor independiente antes de la firma es un contrato que quizá no se firma. El mismo precio detectado después es un contrato ya pagado y un expediente. Trasladar esa vigilancia desde un órgano interno e independiente del área que compra hacia una plataforma operada por el propio Ejecutivo concentra en quien gasta el control sobre lo que gasta.
Y hay un agujero más concreto. El módulo donde se hará ese registro no existe todavía. El transitorio da a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno hasta 180 días hábiles para habilitarlo, y después 90 días hábiles más para que las áreas suban lo ya generado. Hagan la cuenta: durante esa ventana no hay revisión previa del OIC —porque ya se eliminó— ni registro en plataforma —porque no está prendida—. Más de medio año de compras públicas sin ese filtro, ni el viejo ni el nuevo.
No afirmamos que haya dolo. Afirmamos lo que el documento dice: el control de precios antes de firmar dejó de ser obligatorio, y el sustituto digital llega con la luz apagada. El dato está aquí, con su fuente a la vista. Juzga tú.